Bragado: Las guardias veterinarias, un tema que sigue siendo analizado
La doctora Guillermina Lhospice es autora de un Proyecto de Ordenanza
La concejal y presidenta del bloque de concejales Frente de Todos, doctora Guillermina Lhospice, es autora de un Proyecto de Ordenanza, que se refiere a la creación de Guardias Veterinarias, a partir de una preocupación que acercó una vecina de nuestra ciudad.
Dicho tema viene siendo tratado en la Comisión de Calidad del Honorable Concejo Deliberante, de la cual la doctora Lhospice es la presidenta.

Para el próximo miércoles cuando se vuelva a reunir la comisión, se ha invitado a la doctora Natalia Gatica, por estar a cargo de un área municipal que vela por el cuidado de los animales.
La funcionaria fue citada por la concejal Lhospice a los efectos de poder llevar a cabo el proyecto antes mencionado.
El proyecto en cuestión expresa lo siguiente:
VISTO:
La inexistencia de guardias veterinarias que organicen la atención de animales menores, fuera del horario comercial, los fines de semana y/o días feriados; y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Nacional en su Art 41 establece que son las autoridades quienes deben proveer al derecho de la diversidad biológica;
Que la legislación vigente en la Provincia de Buenos Aires, como la Ley 13.879, determina objetivos a alcanzar por los municipios y comunas;
Que, el estado municipal con fecha 8 de noviembre de 2017, por intermedio de la Secretaría de Políticas Públicas de Salud junto a otros funcionarios, anunciaron públicamente la creación de una guardia veterinaria con la incorporación de nuevos profesionales veterinarios.
Que, con fecha 30 de enero de 2021, ingresó al HCD una nota de una vecina de reconocida trayectoria proteccionista/animalista, acompañada con más de 2000 firmas de vecinos del Distrito de Bragado, advirtiendo la inexistencia de guardias veterinarias y argumentando la necesidad imperiosa de crear un sistema de guardias a través del área que corresponda;

Que, dicho pedido se hace necesario por la ausencia de posibilidades de atención veterinaria, fuera de horario comercial, los domingos y/o feriados, dilucidando claramente que la guardia anunciada por municipio, al día de hoy no estaría funcionando de manera adecuada para satisfacer las urgencias, generando ausencia y abandono por parte del estado municipal y vulnerando el derecho a la vida de estos animales por la falta de atención;
Que, sin embargo, se hace necesario asegurar todos los días la atención veterinaria a aquellos pequeños animales, ya sean de compañía y/o que se encuentran en situación de calle
Que la gran mayoría de las familias tienen al menos uno o más animales de estas características, como mascota, en su casa;
Que, debido a la inexistencia de un sistema de guardias, resulta imperioso regular esta actividad para garantizar la atención de estos animales, ante una emergencia;
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Créase, en el Distrito de Bragado, el sistema de guardias veterinarias para la atención de pequeños animales, en los días y horarios no contemplados para la atención comercial.
ARTÍCULO 2º: La Dirección de Zoonosis de la Municipalidad de Bragado, será la responsable de la creación del sistema de guardias y designará la persona que actuará como coordinador de las mismas.
ARTÍCULO 3º: Para la creación del sistema de guardias, la Dirección de Zoonosis abrirá un registro que tendrá carácter de optativo, para que se inscriban los médicos veterinarios particulares que deseen participar y sumarse al sistema de guardias público/privado para poder garantizar la demanda.
ARTÍCULO 4º: Los honorarios de los profesionales veterinarios serán costeados por los clientes que requieran el servicio.
ARTICULO 5º: El costo de los honorarios se establecerá de acuerdo al arancel determinado por el Colegio de Veterinarios de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 6º: Toda otra reglamentación de la presente ordenanza, será realizada por la Dirección de Zoonosis conjuntamente con los profesionales veterinarios que participen del sistema de guardias.
ARTÍCULO 7º: Cúmplase, comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos de aplicación, regístrese y archívese.
ARTÍCULO 8º: DE FORMA.







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