– El concejal Fernando Sierra, lo manifiesta a través de un Proyecto de Declaración

El concejal de la Coalición Cívica-Juntos por el Cambio , Fernando Sierra, ha presentado en el Concejo Deliberante un Proyecto de Declaración en donde expresa su preocupación y rechazo a la ola de femicidios ocurridos en la República Argentina en el año 2020 y en especial, durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio en el marco de Covid- 19.

 El proyecto expresa, lo siguiente:

Visto:

La gran cantidad de femicidios en lo que va del año 2020 en la República Argentina.

Considerando:

Que según el Observatorio de las Violencias de Género “Ahora Que Sí Nos Ven” afirman que Argentina entre el 1 de enero y el 29 de febrero de 2020,  63 mujeres fueron asesinadas en la Argentina, lo que da una muerte por femicidio cada 23 horas, cabe destacar que estas estadísticas son elaboradas mediante el análisis de medios gráficos y digitales de todo el país, e indican que otra de las epidemias a combatir es el femicidio.

Qué asimismo, este Observatorio señala que  el 66% de los femicidios fueron cometidos por las parejas o ex parejas de las víctimas, y el  61% fue cometido  en la casa de la propia víctima o del victimario.

Que de los 63 casos mencionados ut supra, 15  mujeres hicieron la denuncia previa  y sólo 3 estaban amparadas por medidas judiciales; como consecuencia de ello hay 88 niños, niñas y adolescentes, que quedaron huérfanos de madre.

Que según datos de la Oficina de la Mujer – Corte Suprema de Justicia de la Nación -en adelante  OM-, relevados de su informe anual del año 2018,  da cuenta de  que aproximadamente 278 mujeres han sido víctimas de femicidio, esto tiene como consecuencia, el asesinato de una mujer  cada 76 horas.

Que la OM afirma que “el 83 % de las víctimas tenía un vínculo previo con los sujetos activos. En el 56 % de los casos, los femicidios fueron cometidos por parejas o ex parejas de las víctimas. En segundo lugar, un 15 % (44 casos) de los vínculos eran familiares. En tercer lugar, un 12 % fueron otro tipo de vínculos. Todas estas categorías expresan un conocimiento previo entre las víctimas y los sujetos activos”. 

Que además, señala que  el 75 % de las víctimas fueron asesinadas en viviendas. El 66 % en sus propias casas y un 9% en otras viviendas. Un 19 % de los femicidios fue cometido en espacios públicos.  

Que respecto de las medidas de protección a la víctima, la OM señala que “al menos 31 víctimas directas de femicidios obtuvieron medidas judiciales de protección; 24 de estas medidas se encontraban vigentes al momento del femicidio y 7 se encontraban vencidas. No debe perderse de vista que no se pudo obtener información sobre esta variable para 184 de las víctimas, por lo cual debe tomarse con recaudo esta cifra. Con respecto a las 40 víctimas restantes, no consta la existencia de medidas de protección”; esto indica la clara falta de políticas públicas  por parte del Estado para con la mujer.

Que particularmente, invocando la situación que estamos viviendo en marco de la pandemia Covid-19, cabe aclarar que también estamos frente a otra pandemia, no tan difundida por los medios de comunicación masivos, que es la pandemia de femicidios que golpea brutalmente a nuestra sociedad.

Que específicamente, desde el comienzo del aislamiento social, el 20 de marzo, hubo 23 femicidios en el país y aumentaron en un 40% los llamados a la línea 144 por atención, contención y asesoramiento en situaciones de violencia.

            Que si bien en el inconsciente colectivo, se tiene a la economía y a la pandemia por Covid-19 como principales problemas que llevan a nuestra sociedad a un estado de ansiedad y de angustia incuestionable, lo cierto es que también la pandemia del género se lleva vidas inocentes irrumpiendo en los órdenes familiares de quienes son víctimas de violencia de género.

POR TODO ESTO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:

DECLARACION:

Artículo 1°: Expresar rechazo y preocupación frente a la cantidad de femicidios ocurridos en el año 2020 en la República Argentina.

Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

Artículo 3°: De forma.