– Desde hoy miércoles está en vigencia – Dialogamos con Néstor César Savalio.

 Los contratos que se firmen a partir de hoy deberán contemplar nuevas condiciones, en base a las previsiones contempladas en la flamante norma publicada el martes en el Boletín Oficial.   Los contratos de alquiler que se firmen a partir de hoy deberán contemplar nuevas condiciones como la extensión de tres años y la actualización anual sobre la base de un índice oficial, en base a las previsiones contempladas en la flamante Ley de Alquileres publicada en el Boletín Oficial.

«Casi la totalidad de la ley se puede implementar de manera práctica y directa desde ayer miércoles. Esto significa que si alguien va a firmar un nuevo contrato, se tiene que respetar el mínimo legal vigente, ajustes anuales y todo lo dispuesto sobre expensas, cargas y contribuciones».

El Gobierno nacional promulgó la Ley de Alquileres -que fue sancionada por el Congreso el 11 de junio pasado- mediante el Decreto 580/2020 publicado el día martes en el Boletín Oficial.La Ley 27.551 modifica el Código Civil y Comercial de la Nación y establece nuevas reglas para los contratos de locación.

Entre los nuevos beneficios para los inquilinos, la normativa dispone el aumento a 3 años del plazo de duración de los contratos, una indexación anual sobre la base de un coeficiente entre el Índice de Precios Al Consumidor (IPC) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), que deberá publicar periódicamente el Banco Central, y la posibilidad de proponer varias garantías a elegir por el propietario, ya sea garantía propietaria, seguro, 

Asimismo, establece que las expensas extraordinarias y los impuestos que gravan a la propiedad, correrán por cuenta del propietario.

Otra condición será la obligación por parte de los propietarios de registrar los contratos en la AFIP, lo cual deberá ser reglamentado por el organismo oficial para detallar el modo y los plazos en que se realizará el trámite.

NUESTRA CHARLA CON NESTOR CESAR SAVALIO

Para conocer más detalles al respecto, dialogamos en la mañana de hoy miércoles con Néstor Savalio, conocido martillero de nuestra ciudad y propietario de Organización Savalio, sito en calle Italia 18.
 

Nuestro entrevistado, entre otros conceptos manifestó que se ha modificado el Código Civil, pero el contrato de tres años es para los fines habitacionales, es decir vivienda, no es para los casos comerciales.
 La nueva ley comenzó a regir a partir de ayer miércoles y tiene varios puntos, señaló Néstor Savalio. Agregó que se trata de una ley que nace por inconvenientes ciertos y reales, especialmente lo que es Capital Federal y el Gran Buenos Aires, los reclamos estaban por parte de los inquilinos porque había abusos en el momento de ingresar a una locación. «Los abusos, por ejemplo, estaban cuando se solicitaban hasta cinco o seis meses para poder ingresar a una vivienda y para la gente se hacía casi imposible, y más en estos momentos.
 

«Todo comenzó desde hace seis años y esto motivó a todos estos cambios. «Es cierto que una cosa es Capital y Gran Buenos Aires y otra cosa es el interior del país, son ambientes absolutamente distintos pero esta ley, tiene pro y contras. «Creo que en primer lugar, esta nueva ley, viene a regular, de alguna manera, la pobreza, porque las malas administraciones de los distintos gobiernos, las devaluaciones han ido pulverizando el ingreso de la gente y por ende fueron destruyendo el negocio de los alquileres y hoy el negocio de los alquileres están en un mínimo histórico y con la renta más baja de la cual no se tiene registro.
 Indicó no saber si termina beneficiando o no a los inquilinos. «Por un lado se pone fin a los abusos que había, cosa que no se da en Bragado, ya que en el interior de la Provincia se sigue solicitando tres meses para ingresar a una vivienda.
 

«Si puedo decir, que el negocio de los alquileres dejó de ser beneficioso desde hace mucho tiempo y todos estos cambios que se producen ahora desalienta lo que es la inversión, la inversión ha desaparecido a partir del 2011 y los inversores que compraban una vivienda para alquilar fueron desapareciendo…». 
 

En cuanto a los cambios, indicó que el contrato ahora es de tres años, en cuanto a los aumentos, los mismos son anuales, dejan de ser cada seis meses y se amplía el tema de la garantía, en donde el inquilino puede presentar distintas opciones y el propietaria está obligado a aceptar de de esas opciones, es decir, garantía de una propiedad, aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o garantía personal del inquilino, como un recibo de sueldo o certificado de ingresos.

LOCALES COMERCIALES Y EL CORONAVIRUS

Aprovechando la charla con Savalio, le preguntamos si  hay locales comerciales que lo han desalquilado a raíz de la pandemia. En tal sentido, dijo que esto se venía dando antes de la pandemia y más ahora porque esta pandemia es muy larga, en lo personal creo que va a seguir y mucha gente, previniendo la situación decide cortar por lo más sano y en lo personal percibo que esto va para largo.
 Manifestó que la pandemia perjudica tanto al propietario como al inquilino y pese a excelente clientela que tengo, en muchas ocasiones he tenido que intervenir mediando entre el propietario y el inquilino, porque sabemos que hay comercios que durante la pandemia no le han permitido abrir nunca y por otro lado hay propietarios que tienen un solo local y vive de eso, por eso tratamos de negociar y se llegue a un entendimiento…».