Dia de Preguntas Frecuentes: Uso medicinal del Cannabis o Cannabis medicinal?
Por DANIELA MONZON
Si bien se usan indistintamente no significan lo mismo. El uso terapéutico muchas veces ocurre en ausencia de los criterios que dan al cannabis la calidad medicinal. Se llama Cannabis de Grado Médico que tiene control de calidad, cuya producción esta estandarizada y que cumple con las normas internacionales para medicamentos herbales.

El uso medicinal del cannabis se refiere sobre todo al fin que le damos y no a su calidad.
EFECTOS MEDICINALES DEL CANNABIS
Los usos potencialmente beneficiosos pueden verse en muchas enfermedades, debido a que casi todos los órganos y sistemas tienen sitios para que pueda ejercer su efecto por la acción de los principios activos de la planta (cannabinoides).
El CBD (cannabidiol) es uno de los Fito cannabinoides más estudiados junto con el THC (tetrahidrocannabinol). La principal diferencia entre el CBD (Cannabidiol) y THC (tetrahidrocannabinol) es su estructura química y esta diferencia proporciona la diferencia a nivel de efecto fisiológico en humanos.
Cannabidiol es una molécula que se obtiene de la planta Cannavis Sativa L. Carece de propiedades psicoactivas, no produce efecto euforizante asociado con el cannabis, y su capacidad de inducir abuso es mínima. Es el primer fármaco de una nueva clase de medicamentos anticrisis para tratar la epilepsia.
Se considera cáñamo a cualquier cepa de Cannabis sativa que contiene menos de 0.3% de THC (el principal compuesto psicoactivo en la planta). La marihuana es cualquier cepa de cannabis con más de 0.3% de THC por peso seco. La marihuana puede incluir tanto Cannabis sativa como una especie relacionada: Cannabis indica.
El cannabis medicinal nace con el propósito de satisfacer demandas de salud pública y poner al alcance de la población los primeros derivados de industria nacional de grado médico, cumpliendo con los estándares de buenas prácticas agrícolas y buenas prácticas de manufactura, en línea con los requisitos que impone la ANMAT.
El cannabis medicinal solo contiene cannabidiol, en una concentración 100mg/ml.
RECOMENDACIONES EN ARGENTINA DE CANNABIS MEDICINAL (ANMAT)
El 08 de junio de 2016 la ANMAT emitió un informe de evaluación de tecnología sanitaria sobre los usos terapéuticos de los cannabinoides; concluyendo que hay evidencia científica suficiente para la indicación de cannabis medicinal como terapia de segunda línea para el dolor crónico, espasticidad de la esclerosis múltiple, náuseas y vómitos asociados a quimioterapia anti tumoral, epilepsia refractaria infantil y estimulación del apetito en pacientes con HIV / SIDA.
CONTEXTO CLINICO CON EVIDENCIA ADECUADA PARA LA INDICACION DE CANNABIS Nauseas, emesis y dolor relacionado a quimioterapia y hasta 6 meses después, en pacientes adultos con cáncer.
Dolor crónico provocado por cáncer avanzado en adultos.Dolor neuropático crónico, de origen orgánico, en adultos.Caquexia (más de 10% de pérdida de peso), náuseas y síntomas gastrointestinales en pacientes adultos con HIV que agotaron la medicación sintomática estándar.Estados espásticos de esclerosis múltiple que agotaron la medicación sintomática estándar en adultos.Epilepsia refractaria en adultos.Epilepsia severa y refractaria en niños.
Cannabis medicinal Ley 27.350La Ley 27.350 regula la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta cannabis y sus derivados.
¿Qué regula la ley?Las bases para la investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados.
Se crea el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis en el ámbito del Ministerio de Salud.
¿Cuáles son los objetivos del Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis?Promover acciones orientadas a garantizar el derecho a la salud.
Promover medidas de concientización para la población en general.Establecer guías de asistencia, tratamiento y accesibilidad.Garantizar el acceso gratuito al aceite de cáñamo y demás derivados del cannabis a los pacientes que se inscriban en el Programa.
Desarrollar alternativas terapéuticas a problemas de salud que no tratan los tratamientos médicos convencionales.Investigar los fines terapéuticos y científicos de la planta de cannabis y sus derivados.Conocer los efectos secundarios del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados y establecer las limitaciones para su uso.
Fomentar la participación de pacientes y sus familiares para que aporten su experiencia, vivencias y métodos usados.Brindar asesoramiento, cobertura y seguimiento del tratamiento a los pacientes que participen del programa.
Contribuir a la capacitación continua de profesionales de la salud en el uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados.El Programa funciona en el ámbito de la Dirección Nacional de Medicamentos y Tecnologías Sanitarias.
Autoridad de Aplicación¿Cuál es la autoridad de aplicación?La autoridad de aplicación es el Ministerio de Salud.
El Ministerio de Salud podrá firmar convenios y articular acciones con instituciones académico-científicas, organismos públicos, privados y organizaciones de la sociedad civil que tratan la temática para promover programas de extensión universitaria vinculados al Cannabis medicinal.
La Autoridad de Aplicación creará las condiciones necesarias para garantizar el aprovisionamiento de los insumos necesarios y facilitar la investigación médica y científica de la planta de Cannabis y sus derivados.
¿Qué organismos pueden cultivar cannabis con fines de investigación médica o científica?El Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) pueden cultivar cannabis con fines de investigación médica o científica para la elaboración de medicamentos.
El Instituto Nacional de Semillas (INASE) regulará las condiciones de producción, difusión, manejo y acondicionamiento de los órganos de propagación de esta especie que permitan la trazabilidad de los productos vegetales.
El Estado Nacional brindará colaboración técnica para impulsar la producción pública de Cannabis en todas sus variedades y su eventual industrialización para su uso medicinal, terapéutico y de investigación en los laboratorios de producción pública de medicamentos. La entrega del producto se realizará a través del Banco Nacional de Drogas Oncológicas y farmacias autorizadas.
¿Se puede importar aceite de cannabis y sus derivados?La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) permitirá la importación de aceite de cannabis y sus derivados para pacientes que cuenten con indicación médica.
La provisión será gratuita para quienes se encuentren incorporados al programa.
¿Se puede adquirir las especialidades medicinales con aceite de cannabis y sus derivados elaborados en el pais?Los y las pacientes que tienen indicación médica para el uso de la planta de Cannabis y sus derivados podrán adquirir especialidades medicinales elaboradas en el país, importar especialidades medicinales o adquirir formulaciones magistrales elaboradas por farmacias autorizadas.
Las personas que no posean cobertura de salud y obra social, tienen derecho a acceder a las especialidades medicinales en forma gratuita.
Registro¿Dónde se inscriben los pacientes que usan aceite de cáñamo y otros derivados de la planta de cannabis?
En el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN) se inscribirá el o la paciente que cuente con indicación médica y haya suscripto el consentimiento informado en las condiciones establecidas por el PROGRAMA. El registro es voluntario y los datos que se inscriben son confidenciales.
El Registro (REPROCANN) dará la correspondiente autorización a los y las pacientes que acceden a la planta de Cannabis y sus derivados, como tratamiento medicinal, terapéutico o paliativo del dolor.
¿Se puede cultivar cannabis?Los y las pacientes podrán inscribirse en el Registro (REPROCANN) para obtener la autorización de cultivo para sí, a través de un o una familiar, una tercera persona o una organización civil autorizada por la Autoridad de Aplicación.
Régimen de importación¿Se pueden importar productos que contengan cannabis?
Si. Existe un régimen de acceso de excepción para la importación de productos que contengan cannabis. Los productos importados se deben destinar exclusivamente para uso medicinal para el tratamiento de un paciente individual o para una investigación científica.
Este régimen se aplicará cuando en Argentina no existan registros sanitarios de productos que contengan cannabinoides o derivados de la planta de cannabis o cuando los productos que contienen cannabis se encuentren en fase de investigación.
Todas las condiciones del régimen de importación están en la Resolución 654/2021 del Ministerio de Salud
La Misión de ANMAT es asegurar la eficacia, seguridad y calidad en todo lo inherente a la Administración, garantizando el cuidado de la salud, así como también la calidad y sanidad de todos los productos, procesos y tecnologías que se consumen o utilizan en medicina, cosmética humana y alimentación.
La relativa facilidad en la obtención del aceite artesanal, en ningún caso debe hacer suponer que su elaboración sin control pueda asegurar la provisión adecuada del principio activo CBD a la población.
Los riesgos incluyen: la imposibilidad técnica de asegurar manufactura apropiada, composición precisa y dosis entregada, tipo de cultivo adecuado y previsible de la planta, ausencia de contaminantes y otras variables aleatoria, que atentan contra cualquier intento terapéutico que pueda considerarse eficaz y seguro.La cuidadosa selección del producto es crucial para garantizar tanto la eficacia como la seguridad.
La amplia variedad de aceites y productos con Cannabidiol disponibles en el mercado no deben ser considerados como genéricos ni como sustitutos de los medicamentos aprobados por las autoridades regulatorias para garantizar a los pacientes el accesos a productos con eficacia reconocida y a los médicos, confianza en el uso. #usomedicinalcannabis #cannabisismedicine #reprocann








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