• Proyecto de Comunicación de los bloque UPB-UCR

Desde los bloques de concejales de Unidos por Bragado y la UCR local, ambos en Juntos, se ha presentado en el Concejo Deliberante un Proyecto de Comunicación solicitando al Dpto Ejecutivo el abordaje integral de la problemática socio comunitaria de provisión de agua potable y saneamiento

El proyecto expresa textualmente lo siguiente:

Visto

 La discusión y debates que en la comunidad se producen en los períodos estivales respecto del servicio de provisión de agua potable en la ciudad de Bragado en la que presta servicios la empresa provincial Aguas Bonaerenses Sociedad Anónima (ABSA), y

Considerando

            Que la situación genera reuniones entre los distintos niveles de representación, se analizan obras que no se materializan en el tiempo y se realiza un abordaje puntual de la cuestión cuando, la situación de hecho que se plantea anualmente en la época estival, requiere de análisis,  medidas y decisiones integrales.

            Que la calidad del agua, de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud  y otros organismos internacionales, se puede resumir como las condiciones en que se encuentra el agua respecto a características físicas, químicas y biológicas, en su estado natural o después de ser alteradas por el accionar humano. Dependiendo del uso que se le va a dar.

Que se consideran como factores de riesgo a la salud los agentes biológicos infecciosos, los productos químicos tóxicos y la contaminación radiológica a la que pueden estar expuestos los seres humanos a través del agua de consumo.

Que los servicios de agua, saneamiento e higiene administrados de manera segura son una parte esencial para prevenir enfermedades y proteger la salud humana.

Que el saneamiento ambiental es una función de la Salud Pública cuyo propósito es controlar, disminuir o eliminar riesgos derivados de ciertas condiciones del ambiente físico y social que tienen el potencial de afectar a la salud; proporcionando a su vez confort al individuo y al colectivo.

Que el agua es un recurso indispensable para la subsistencia de todos los seres vivos que habitan el planeta y el acceso universal y equitativo a fuentes seguras resulta fundamental.

Que los servicios públicos de suministro  son fundamentales y desempeñan un papel esencial en el desarrollo económico y social  su  calidad son una condición sine qua non para la disminución efectiva de la pobreza y la indigencia.

Que esta cuestión en una visión totalizadora, generalizadora, global y estratégica la encontramos en las sentencias de los dos más grandes Ministros que en materia sanitaria tuvo la historia de la República Argentina: el Dr. Ramón Carrillo, el primero de ellos, en 1946  – “el mejor plan de salud es agua corriente y cloacas”, sentenció – y el Dr. Arturo Oñativia, sanitarista de fuste, funcionario del presidente Arturo Illia, impulsor y creador del Servicio Nacional de Provisión y Calidad de Agua Potable para proveer del servicio a comunidades rurales, que la obra de tales eminencias sirve como fundamento y marco teórico para la procedencia de las acciones que por la presente se solicitan, promueven y propician.

POR ELLO, EL CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE

COMUNICACIÓN

ARTÍCULO 1°.- Veríase con agrado que el Departamento Ejecutivo se sirva pormenorizar las cuestiones tratadas con la empresa Aguas Bonaerenses Sociedad Anónima (ABSA) prestataria de la Provincia de Buenos Aires de los servicios de saneamiento, puntualmente las obras de extensión de las redes de agua potable y cloacas previstas para el año en curso para la ciudad cabecera del Partido de Bragado.

ARTÍCULO 2°.- Veríase con agradoque se abordara la problemática social aludida en el artículo precedente de forma integral en su vinculación entre obras de infraestructura pública y la calidad de su prestación, particularmente la del agua para consumo humano.

ARTÍCULO 3°.- Que, en observancia de la solicitud formulada en la cláusula precedente, se incorpore al Comité de Salud de su dependencia a la Autoridad de Aplicación de su ámbito en materia de infraestructura pública en cuanto a servicios de agua potable y saneamiento.

ARTÍCULO 4°.- De forma.