Sobre calle Pellegrini se construye balcón gastronómico
- – En el año 2020, Daniela Monzón presentó un proyecto avalando los mismos y que fue aprobado por unanimidad
Durante el año 2020, el Honorable Concejo Deliberante, trató y aprobó un Proyecto de Ordenanza sobre la construcción de balcones gastronómicos, teniendo en cuenta la situación que venían atravesando los locales gastronómicos en el marco de la situación sanitaria en el contexto de COVID 19.

Dicho proyecto, fue presentado en su momento y fundamentado por la concejal de Juntos por el Cambio, Daniel Monzón, (hoy de licencia hasta el 10 de diciembre).
Dicho proyecto de Ordenanza tuvo como objetivo permitir y regular la ocupación del espacio público a través de plataformas de esparcimiento (también conocidas como parklets); permitiéndose esta intervención urbanística a los comercios gastronómicos y de rubros similares de la ciudad de Bragado, que se logra materializar a través de la instalación de plataformas desmontables que extienden la vereda sobre la calzada, ocupando superficie destinada a estacionamiento de automóviles.
Dicho proyecto manifestaba que se pretendía la evolución hacia una ciudad más inclusiva, ofreciendo la posibilidad de gozar de espacios públicos de calidad, alentando a la actividad y seguridad peatonal, mejorando las condiciones para la interacción y relación de los ciudadanos al otorgar la posibilidad de disfrutar del espacio público de una manera innovadora en la ciudad, esperando un impacto económico positivo al potenciar el atractivo de las calles de nuestra ciudad en torno a los locales gastronómicos,
También la Ordenanza expresa que esta iniciativa contempla la necesidad de brindar apoyo al sector gastronómico en el contexto de nueva normalidad al generar mayor área disponible para colocar mobiliario afín a esta actividad.
De esta manera, podrán atenderse más mesas considerando que, para cumplir con el protocolo de salud, los comercios gastronómicos debieron limitar la densidad de ocupación de espacios y disponer con mayor separación las mesas en el interior del local.
También esto permite que la circulación peatonal pueda descomprimirse y las personas podrán caminar manteniendo distancia….
El articulado de la Ordenanza, promovida por Daniela Monzón manifiesta lo siguiente:
ARTÍCULO 1.- AUTORÍZASE el emplazamiento en la vía pública de plataformas de esparcimiento, para ser utilizadas por los locales gastronómicos y/o rubros similares que solicitan el permiso ante la autoridad de aplicación.
La utilización de dichos dispositivos urbanos debe ser acorde con el objeto desarrollado por el solicitante, quien no podrá variar su destino.
ARTÍCULO 2.- ENTIÉNDASE por plataformas de esparcimiento a las estructuras desmontables que se emplazan sobre la calzada y se adosan a la vereda como extensión de la misma, donde es posible colocar mobiliario afín a la actividad comercial del propietario (bancas, sillas, mesas, elementos vegetales).
Tienen el fin de mejorar el entorno peatonal mediante la ocupación de superficie destinada al estacionamiento de vehículos y generar espacios con vegetación, áreas de permanencia, esparcimiento y recreación para los vecinos y visitantes de la Ciudad de Bragado.
ARTÍCULO 3: Autorízase la colocación de mesas y sillas en las veredas de los comercios gastronómicos y/o similares y en las veredas de los locales aledaños siempre y cuando el comercio interesado en el uso de las veredas, cuente con la autorización, otorgada por escrito, de dicho uso de los propietarios linderos.
ARTÍCULO 4.- DETERMINASE, a los fines de obtener la autorización pertinente, que los propietarios de los comercios interesados en instalar una plataforma de esparcimiento deben tramitar la solicitud ante la Municipalidad de la Ciudad de Bragado, cumplimentando los requisitos y condiciones especificados en el Anexo I que integra la presente ordenanza, como así también los recaudos que establece la reglamentación.
ARTÍCULO 5.- Las plataformas son de uso exclusivo de sus propietarios durante el horario de desarrollo de sus actividades, siendo utilizadas únicamente para el cumplimiento del objeto habilitado.
Fuera de dicha franja horaria, son de utilización y acceso público. Se debe colocar adecuada señalética informativa a fin de comunicar dichas circunstancias.
ARTÍCULO 6.- ESTABLÉCESE que la construcción, emplazamiento, mantenimiento, reparación y/o reconstrucción de las plataformas de esparcimiento estará a cargo de los solicitantes, en su carácter de propietarios de dichas estructuras, quienes deben ajustarse a las disposiciones que establece la autoridad de aplicación mediante norma reglamentaria.
ARTÍCULO 7.- FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría que corresponda, a realizar las obras, gestiones y adecuaciones de partidas necesarias para la implementación del sistema establecido en el Artículo 1 de la presente ordenanza con criterio propio, que propicie este tipo de uso especial de la vía pública.
ARTÍCULO 8.- PROHÍBE la instalación de plataformas de esparcimiento en los siguientes lugares: 1. avenidas y vías rápidas;
2. Frente a las rampas de acceso para personas con movilidad reducida;
3. Los frentes de propiedades distintas al local permisionario, sin autorización específica;
4. Calles que, por sus dimensiones y características, se pueda generar obstrucción o dificultad para la circulación peatonal o vehicular;
5. Otros sitios que determine la reglamentación.
ARTÍCULO 9.- ENCOMIENDASE al Departamento Ejecutivo Municipal, realizar una adecuada señalización e instalación de medios de advertencia y seguridad en las calzadas, así como una correcta y amplia difusión de la presente ordenanza, en los medios de comunicación social de la ciudad.
BALCÓN GASTRONÓMICO SOBRE CALLE PELLEGRINI
En nuestra ciudad, y cumpliendo con la Ordenanza aprobada en su momento, se puede observar un local gastronómico, céntrico sobre calle Pellegrini trabajando en la construcción de dicho balcón, aunque otros locales, aunque no céntricos realizaron dicha construcción en algún momento.
Es importante, teniendo en cuenta, la posibilidad de que en algún momento haya algún rebrote del covid 19.
Sería Interesante también que otros locales realicen dicha tarea, aprovechando la Ordenanza que los autoriza a dicha construcción y que la misma está en vigencia.








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