Sobre el trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad
- – Se aprobó proyecto en sesión del Concejo Deliberante – Es autor del mismo el concejal Fernando Sierra
En la última sesión del Honorable Concejo Deliberante, el concejal de la Coalición Cívica, Fernando Sierra, presentó un proyecto referido al Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH).

En el mismo se le solicita al Depto Ejectivo de Bragado tenga en cuenta actividades a llevar a cabo con el objeto de seguir concientizando, sensibilizando y promoviendo el conocimiento del Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH).
El proyecto aprobado por unanimidad en la última sesión del HCD, expresa lo siguiente:
VISTO: Que es necesario seguir visibilizando y concientizando respecto del TDAH
CONSIDERANDO: Que el TDAH es un trastorno del neurodesarrollo que se caracteriza por niveles de distracción moderados a graves, breves períodos de atención, inquietud motora, inestabilidad emocional y conductas impulsivas.
Que el Manual de Diagnóstico y Estadística de los Trastornos Mentales en su quinta edición, utilizado en Europa y los Estados Unidos para el diagnóstico de este trastorno, define al TDAH en los siguientes términos:
1) Un patrón persistente de falta de atención y/o hiperactividad impulsividad que interfiere con el funcionamiento o desarrollo;
2) En el caso de niños, cuando se observan seis o más de los síntomas que han persistido durante al menos 6 meses en un grado que es inconsistente con el nivel de desarrollo, y que impacta en forma negativa y directamente en las actividades sociales, educativas y ocupacionales;
3) Los síntomas no son únicamente una manifestación de comportamiento de oposición, desafío, hostilidad o falta de comprensión de tareas o instrucciones;
4) Pueden existir varios síntomas de falta de atención o hiperactivos-impulsivos presentes en dos o más entornos: en el hogar, la escuela o el trabajo, con amigos o familiares, en otras actividades;
5) Se observa clara evidencia de que los síntomas interfieren o reducen la calidad del funcionamiento social, académico u ocupacional. Es un síndrome complejo que se caracteriza por un déficit de las funciones ejecutivas. Siendo los síntomas más frecuentes la falta de atención, la impulsividad y la hiperactividad.
Que los estudios sobre el diagnóstico señalan la multicausalidad y complejidad de su origen, incluyendo la combinación o al menos la interferencia de condiciones genéticas, neurológicas, ambientales (en relación al embarazo, parto y post parto) y psicosociales.
Que se estima que el TDAH es una condición que afecta a la población infantil mundial entre un 5 % y 10 % de su total en edad escolar y que es dos veces más frecuente entre varones.
Que, si bien en nuestro país aún no existen estadísticas oficiales sobre presencia, alcance e impacto del diagnóstico entre la población infantil escolarizada, se evidencia en los últimos años un incremento en la frecuencia de los casos detectados en el ámbito escolar y en consultas a los profesionales de la salud.
Que si bien es un síndrome que permanece a lo largo de toda la vida, su diagnóstico, detección temprana y tratamiento producen una mejora sustancial en la calidad de vida de quienes lo padecen.
Que la problemática aún no tiene una incidencia pública y mediática lo suficientemente fuerte para generar una necesaria concientización masiva, por lo que resulta fundamental seguir visibilizando.
Que es necesario brindar apoyo institucional, acompañar a las familias en su lucha, y seguir concientizando a la población en general.
Que en nuestra ciudad al igual que en otras localidades del país el último 28 de Julio se contribuyó a seguir visibilizando esta problemática a través de la iluminación y/o presencia del color naranja en establecimientos públicos, pero que es necesario seguir reforzando año tras año.
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE: COMUNICACIÓN Nº 460/21
ARTÍCULO 1°: El Honorable Concejo Deliberante solicita al Poder Ejecutivo Municipal que en la semana previa al 28 de Julio de cada año desarrolle diversas actividades públicas con el objeto de seguir concientizando, sensibilizando y promoviendo el conocimiento del Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH).
ARTÍCULO 2°: CÚMPLASE, COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE.- DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL
ARTÍCULO 3: De Forma
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