• Es autora del mismo la concejal Guillermina Lhospice

La concejal del Frente de Todos y presidenta del bloque, doctora Guillermina Lhospice, presentó un proyecto de Ordenanza en el Honorable Concejo Deliberante para distinguir con el título de “Ciudadano Ilustre” del Partido de Bragado a cada uno de los Ex Combatientes de Malvinas y Civiles que participaron por la recuperación de las Islas.

EL PROYECTO COMPLETO (TEXTUAL)

VISTO

Los vecinos de nuestra comunidad Veteranos de la Guerra de Malvinas.

 CONSIDERANDO

 QUE, toda comunidad debe rendir homenaje y reconocimiento a sus veteranos de guerra por su compromiso en la defensa de la Patria.

 QUE, su gesta debe permanecer viva en la memoria de los pueblos para la toma de conciencia e inspiración de las futuras generaciones.

 QUE, en este sentido, el Estado tiene que emplear todos los medios a su disposición para garantizar el merecido reconocimiento a sus veteranos de guerra y asegurar el recuerdo de su gesta y la persistencia en la memoria colectiva de esos acontecimientos que forman parte central de su historia.

QUE, a través de la Ley 14.486, el Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires crearon un reconocimiento histórico, distinguiendo con el título de Ciudadanos Ilustres a los Ex Soldados Conscriptos Combatientes en Malvinas y Civiles que participaron en la Guerra por la recuperación de las Islas.

QUE, sería importante replicar esta iniciativa en el ámbito local.

 POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:

 ORDENANZA

Artículo 1°: OTÓRGASE la distinción de “Ciudadano Ilustre” a los Veteranos de la Guerra de Malvinas del Partido de Bragado: José Ramón Arrigoni, Miguel Ángel Bouzas, Gabriel Cepeda, Julio Alberto Disanti, Héctor Pablo Godoy, Marcelo Rubén Pollizzi y Jorge Gustavo Zanella.

Artículo 2°: La distinción se materializará con un diploma alegórico a la gesta del 2 de abril y una medalla con las Islas Malvinas grabadas en el anverso con la siguiente inscripción escrita en forma circular: “Ciudadano Ilustre del Partido de Bragado – Veterano de la Guerra de Malvinas”, nominada en su reverso con el nombre y apellido del distinguido; entregados personalmente al Veterano o a algún familiar del mismo en un acto protocolar de carácter público celebrado con tal motivo.

Artículo 3°: De forma.