Bragado: Ilegalmente el Presidente Fernández nos define como país
- El doctor Fernando Neri, se esa manera se expresó por la decisión del Gobierno Nacional de intervenir la empresa Vicentin
El doctor Fernando Neri, concejal y presidente del bloque Acción para el Desarrollo, nos ha acercado su opinión sobre la decisión del Gobierno Nacional de intervenir la empresa Vicentin de la provincia de Santa Fe y con la posibilidad de expropiarla, para el Estado Nacional. Neri, oponiéndose a la decisión del Presidente Alberto Fernández, también presentó una Proyecto de Resolución para adherir a todo Proyecto que rechaze a esta decisión gubernamental
«No hay dudas de que el presidente representa de manera extrema el pensamiento base de Cristina Fernández. Cualquier esperanza de un presidente moderado, superador de los postulados más criticables del Kirchnerismo, fueron arrojados a la basura con su decisión sobre el conglomerado Santafesino Vicentin SAIC. El conglomerado Vicentin SAIC es una empresa argentina creada en el año 1929, que se expandió con las condiciones que le impuso el país a lo largo de los años. Sus actividades se diversifican en la molienda de oleaginosas, producción de harinas y aceites, producción de biocombustibles, la comercialización de maíz y otros cereales sin procesar, el embotellado de aceite comestible, el desmonte de algodón, la comercialización de fibras y productos derivados, producción de pañales, faena de hacienda, importación de productos agroindustriales, producción de mosto de uva concentrado para exportación, fabricación de vinos, actividad logística, producción de biogás. Generan unos seis mil puestos de trabajo de manera directa, sin tenerse en cuenta los indirectos.Bajo argumentos falaces, el Presidente ilegalmente “decreto” su intervención y manifestó su intención de expropiarla. La suspicacia es ineluctable cuando el primer manotazo del Estado a la actividad privada se enmascara con frases tales como “riesgo alimentario”.Además del grave atropello a los principios más elementales de nuestra Constitución Nacional, representa una negativa señal hacia el sector privado nacional e internacional que necesitamos nos vean como creíbles he inviertan sus recursos aquí y sean generadores de empleo genuino. Imbuidos de ideologías superadas y fracasadas en países como Cuba y Venezuela volvió el viejo Kirchnerismo a llevarse todo por delante. Quienes estemos convencidos de que este no es el camino, debemos manifestarnos y oponernos.

PROYECTO DE RESOLUCION
El doctor Fernando Neri, es autor de un Proyecto de Resolución que adhiere a proyectos que rechacen y repudian lo decidido por el Presidente Alberto Fernández, en relación a la empresa Vicentin SAIC y solicitud al Sr. Presidente de la Nación.
VISTO: Que el Presidente de la Nación decidió la intervención de la empresa privada VICENTIN S.A.I.C.
CONSIDERANDO: Que la empresa VICENTIN SAIC fue fundada en nuestro país en el año 1929 como pequeño comercio dedicado al acopio y ramos generales en la ciudad de Avellaneda, Provincia de Santa Fe. Que durante 91 años de existencia, VICENTIN SAIC se transformó en una de las empresas más importante de nuestro país, incursionando a lo largo de su historia en la industria del algodón, fabricación de aceites resultantes de la molienda de semillas de algodón, lino y maní.Que en su proceso de expansión, siempre manteniéndose como una empresa de capitales nacionales, llegó a construir plantas de comercialización e industrialización en Timbúes, San Lorenzo, Ricardone, Terminal Puerto Rosario, entre otros lugares, con una facturación anual en el 2019 de U$S4200 millones.Que actualmente sus actividades se diversifican en la molienda de oleaginosas, producción de harinas y aceites, producción de biocombustibles, la comercialización de maíz y otros cereales sin procesar, el embotellado de aceite comestible, el desmonte de algodón, la comercialización de fibras y productos derivados, producción de pañales, faena de hacienda, importación de productos agroindustriales, producción de mosto de uva concentrado para exportación, fabricación de vinos, actividad logística, producción de biogás.
Sus actividades generan unos seis mil puestos de trabajo de manera directa, sin tenerse en cuenta los que se generan en las restantes actividades que giran alrededor de dicho conglomerado. Que los derechos y garantías de los Argentinos están establecidos en nuestra Constitución Nacional, entre los que se encuentra la inviolabilidad de la propiedad privada, salvo cuando exista sentencia judicial fundada en ley conforme el artículo 17 y el sistema republicano de gobierno establecido en el artículo 1°, mediante el cual ninguno de los tres poderes del estado puede arrogarse competencias que no le corresponden, además del debido proceso, la defensa en juicio etc. Que sin perjuicio de lo dispuesto por nuestra CN, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia 522/20, cuya validez depende del cumplimiento del mecanismo establecido por la 26.122 el Presidente de la Nación resolvió la intervención y manifestó su voluntad de expropiar la empresa VICENTIN SAIC.
Que dentro de los fundamentos que se exponen en dicho decreto, se encuentran la difícil situación financiera que atraviesa la empresa, los riesgos que implica la pandemia de COVID-19, el riesgo sobre la producción agropecuaria, la provisión de alimentos, la posibilidad de pérdida de puestos de trabajo, en definitiva los riesgos sobre la posición estratégica que posee en nuestro país la empresa VICENTIN SAIC. Que ante la decisión del Pte. de la Nación, el directorio de VICENTIN SAIC, se ha manifestado mediante un comunicado donde expresa que los activos de la empresa se encuentran intactos, que la totalidad de los empleados mantienen sus puestos de trabajo y con el pago de sus salarios al día, estableciendo su lógica incertidumbre y preocupación por la decisión de la máxima autoridad del país, de la tomaron conocimiento por la prensa.
Entre otros aspectos, el comunicado señala también que reivindican sus derechos de proteger a una empresa argentina, con accionistas de origen familiar y del interior del país, la cual se encuentra ajustada al marco legal vigente, dentro de un concurso preventivo de acreedores a los cuales se les a manifestado reiteradamente la voluntad de honrar sus compromisos, como lo han hecho durante 90 años. Que el accionar del Presidente de la Nación implica una clara violación a la legislación nacional y provincial, a la división de poderes ya que se inmiscuye en un proceso concursal que tramita por ante la competencia de un juez natural en ejercicio de sus atribuciones.
Que sin perjuicio de que el Presidente de la Nación no posee facultades para accionar tal como lo realiza, tampoco se verifican las causales de interés público nacional como el desabastecimiento alimentario y el cese de la producción, industrialización, transporte y comercialización de granos y/o productos derivados expresados en el decreto de necesidad y urgencia. Que la situación económica que atraviesa nuestro país, agravada por las dificultades de la coyuntura, acrecienta aún más la necesidad histórica de incentivar inversiones del sector privado como mecanismo de generación de empleo genuino.
Que en dicho contexto, la decisión del Presidente de la Nación no solamente implica una violación de derechos, garantías y obligaciones establecidos en nuestra Constitución Nacional, sino que además, es una pésima señal para el sector privado nacional e internacional que necesitamos atraer para nuestro crecimiento.Que por tal razón, existen proyectos en el Congreso Nacional y en la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, que manifiestan el rechazo y preocupación por la medida adoptada, a los cuales resulta conducente adherir y acompañar desde el Concejo Deliberante de Bragado, además, de solicitarle al Presidente de la Nación que anule la decisión tomada y ajuste su accionar a la manda realizada a nuestra Constitución Nacional.
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE: COMUNICACIÓN
ARTÍCULO 1°: Comuníquese a los legisladores y/o bloques políticos del Congreso Nacional y Legislatura de la Provincia de Buenos Aires y otras provincias, la adhesión, acompañamiento y apoyo del Concejo Deliberante de Bragado a los proyectos presentados rechazando y repudiando lo establecido por el Presidente de la Nación en el decreto de necesidad y urgencia 522/20 y/o cualquier otra decisión que se adoptará en el mismo sentido contra la empresa radicada en nuestro país.
ARTÍCULO 2°: Solicítese al Sr. Presidente de la Nación que anule lo dispuesto mediante el decreto 522/20 respecto de la empresa VICENTIN SAIC y ajuste su accionar a lo establecido por nuestra Constitución Nacional. ARTÍCULO 3°: De forma.-



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