La Libertad Avanza, solicita al Ejecutivo reforzar el cumplimiento de las ordenanzas de seguridad vial
- Entre ellas no expender combustible a conductores de motos sin casco
El bloque de concejales de La Libertad Avanza, a través de la edil, doctora Paola Alsina, presentó un Proyecto de Resolución mediante el cual solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que garantice el efectivo cumplimiento de las ordenanzas vigentes en materia de seguridad vial, especialmente aquellas vinculadas a motocicletas y ciclomotores.

La iniciativa hace referencia a la Ordenanza N° 4154/11, que prohíbe a las estaciones de servicio expender combustible a motociclistas que circulen sin casco reglamentario, y a los artículos 29° a 35° de la Ordenanza General de Tránsito N° 5314/20, que regulan las condiciones obligatorias para la circulación, comercialización y registración de ciclomotores dentro del Partido de Bragado.
En los fundamentos del proyecto se remarca que la seguridad vial constituye una política pública prioritaria, particularmente en lo que respecta a la prevención de lesiones graves y muertes en siniestros que involucran a motociclistas. Asimismo, se recuerda que las normas vigentes establecen responsabilidades no solo para los conductores, sino también para estaciones de servicio, agencias, concesionarias y áreas municipales de control.
El texto señala que resulta fundamental reforzar los mecanismos de fiscalización y concientización, garantizando que al momento de comercializar una motocicleta —ya sea 0 km o usada— se entregue la documentación correspondiente junto con el casco reglamentario, además del patentamiento, título y cédula de identificación.
A través de la resolución, el Concejo solicita al Ejecutivo que intensifique los controles mediante la Dirección de Tránsito y las áreas competentes, y que en un plazo de 30 días informe al cuerpo legislativo sobre las acciones realizadas, incluyendo operativos, campañas y medidas de fiscalización.
De esta manera, el Concejo reafirma su rol de órgano legislativo y de contralor, poniendo el foco en el cumplimiento efectivo de ordenanzas ya sancionadas con el objetivo de resguardar la seguridad de los vecinos de Bragado.
PROYECTO DE RESOLUCIÓN
VISTO
La Ordenanza Nº 4154/11, que establece la prohibición de expendio de combustible a motociclistas que circulen sin casco reglamentario en el ámbito del Partido de Bragado y los Artículos 29º a 35º de la Ordenanza General de Tránsito N° 5314/20, en su Tercera Parte – De los Ciclomotores; y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Nº 4154/11 fue sancionada con el objetivo de fortalecer las políticas de prevención en materia de seguridad vial, promoviendo el uso obligatorio del casco reglamentario por parte de conductores y acompañantes de motocicletas;

Que dicha norma establece obligaciones concretas tanto para estaciones de servicio como para el Departamento Ejecutivo, incluyendo controles, campañas de concientización y aplicación de sanciones;
Que la seguridad vial constituye una política pública prioritaria, en especial en lo referido a la prevención de lesiones graves y muertes en siniestros viales que involucran motociclistas;
Que los artículos 29º a 35º de la Ordenanza General de Tránsito regulan las condiciones obligatorias para la circulación, comercialización, registración y control de ciclomotores y motocicletas dentro del Partido de Bragado;
Que dichas normas establecen obligaciones para titulares de motocicletas, comercios comercializadores, agencias, concesionarias y organismos municipales de control, como por ejemplo la entrega de documentación en conjunto con el casco reglamentario al momento de liberar a la circulación a la vía pública este tipo de rodados, 0 km o usados además del patentamiento, título y cédula de identificación
Que resulta fundamental garantizar la plena vigencia y cumplimiento efectivo de las ordenanzas municipales, a fin de resguardar la seguridad de los vecinos y asegurar el respeto del marco normativo vigente;
Que el Honorable Concejo Deliberante, en su carácter de órgano legislativo y de control, debe velar por el cumplimiento de las ordenanzas sancionadas;
Que resulta necesario reforzar los mecanismos de control, fiscalización y concientización vinculados al uso del casco, documentación obligatoria, patentamiento y condiciones de comercialización de motocicletas;
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE ACUERDA Y SANCIONA CON FUEZA DE
RESOLUCION
ARTÍCULO 1º.-SOLICÍTESEal Departamento Ejecutivo Municipal que a través del área que corresponda, garantice el efectivo cumplimiento de la Ordenanza Nº 4154/11, en lo referente a la prohibición de expendio de combustible a motociclistas que circulen sin casco reglamentario.
ARTÍCULO 2º.-SOLICÍTESEal Departamento Ejecutivo que intensifique los controles a través de la Dirección de Tránsito y las áreas que correspondan, en agencias, concesionarias y/o comerciosa fin de verificar el cumplimiento de lo establecido en los artículos 29º a 35º de la Ordenanza General de Tránsito.
ARTÍCULO 3º.-SOLICÍTESEal Departamento Ejecutivo informe a este Honorable Cuerpo, en un plazo de treinta (30) días, las acciones de control, fiscalización, campañas de concientización y operativos realizados en relación a las normas mencionadas.
ARTÍCULO 4º.-REMÍTASEcopia de la presente a la Dirección de Tránsito, Juzgado de Faltas Municipal y demás áreas competentes, a efectos de su conocimiento y aplicación.
ARTÍCULO 5º. –DE FORMA



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