La Libertad Avanza pide informes sobre la atención de la Oficina de Violencia de Género durante los fines de semana
El proyecto de decreto solicita al Departamento Ejecutivo que detalle cómo se atienden las situaciones urgentes fuera del horario habitual de la dependencia municipal. La iniciativa plantea interrogantes sobre la existencia de guardias pasivas, los protocolos de emergencia y la intervención de otras áreas ante casos de violencia de género.
El bloque de La Libertad Avanza presentó un proyecto de decreto en el Honorable Concejo Deliberante para solicitar información sobre el funcionamiento de la Oficina Municipal de Violencia de Género, con especial atención a la cobertura de emergencias durante los días jueves, viernes, sábados y domingos.

La iniciativa pone el foco en el esquema de atención al público que, según los fundamentos del proyecto, se desarrolla los lunes, martes y miércoles, de 8 a 12 horas, con un equipo interdisciplinario integrado por una abogada y dos psicólogas.
A partir de esa modalidad, los autores del proyecto advierten sobre la necesidad de conocer qué mecanismos institucionales se encuentran disponibles cuando una víctima necesita asistencia fuera de esos días y horarios, particularmente ante situaciones de agresión física, amenazas o riesgo de vida.
Los interrogantes sobre la atención de urgencias
Entre los fundamentos de la propuesta, La Libertad Avanza sostiene que la violencia de género no se limita a los horarios administrativos y que, por esa razón, resulta necesario conocer cómo responde el Estado municipal ante una emergencia durante las noches, los fines de semana y los feriados.
En ese sentido, el proyecto plantea la necesidad de determinar si existe una guardia pasiva o rotativa que permita contactar al equipo interdisciplinario cuando se produce una situación urgente fuera del horario habitual de atención.
Sin embargo, la iniciativa no afirma que no exista ningún mecanismo alternativo de asistencia, sino que busca que el Departamento Ejecutivo informe cuáles son los recursos, protocolos y dependencias que intervienen en esos casos.
Qué información solicita el proyecto
El artículo primero establece que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través del área de Desarrollo Social, Género o la dependencia que corresponda, deberá responder en un plazo de 15 días a una serie de consultas.
Entre los puntos centrales, se solicita que informe cómo se resuelven institucionalmente las urgencias por violencia de género que ocurren fuera del horario de atención de la oficina y qué personal o dependencia se hace cargo de esos casos.
También requiere precisiones sobre la existencia de protocolos de comunicación interna y mecanismos de activación de guardias pasivas para que la abogada y las psicólogas puedan brindar contención y asesoramiento legal inmediato.
En caso de que no exista una guardia de esas características, el bloque pide que se detalle qué personal municipal y qué efectores de seguridad y salud intervienen en el primer abordaje y en la evaluación del riesgo de las víctimas.
Otro de los aspectos incluidos es la cantidad de solicitudes de intervención o alertas derivadas por la Policía, la Comisaría de la Mujer, la comisaría local u otras dependencias hacia el Municipio durante los jueves, viernes, sábados y domingos del último año. Además, se solicita conocer cómo fueron canalizadas esas situaciones.
El debate sobre una eventual cobertura permanente
La propuesta también introduce la posibilidad de revisar el esquema de funcionamiento de la dependencia. En sus fundamentos, los autores plantean que la información solicitada permitirá evaluar una eventual reconversión del sistema actual hacia un mecanismo de guardias pasivas o rotativas con cobertura durante las 24 horas.
Por el momento, el texto presentado tiene como objetivo obtener información oficial del Departamento Ejecutivo. No establece por sí mismo la creación de una guardia permanente ni modifica los horarios de funcionamiento de la Oficina de Violencia de Género.
La respuesta municipal permitirá conocer qué dispositivos de atención y emergencia se encuentran vigentes, cómo se articulan las distintas áreas y qué procedimientos se aplican cuando una víctima necesita asistencia fuera del horario habitual de la dependencia.
El proyecto se incorpora así al debate sobre la capacidad de respuesta institucional ante situaciones de violencia de género y la disponibilidad de mecanismos de asistencia durante los siete días de la semana.
EL PROYECTO TEXTUALMENTE
Proyecto de Decreto Ref: Pedido de informes sobre la cobertura de emergencias y vacío institucional de jueves a domingo en la Oficina de Violencia de Género.
VISTO
La modalidad operativa de la Oficina Municipal de Violencia de Género, cuyo equipo interdisciplinario —compuesto por una (1) abogada y dos (2) psicólogas— concentra la atención al público exclusivamente los días lunes, martes y miércoles en la franja horaria de 8:00 a 12:00 hs.; y
CONSIDERANDO
Que la violencia de género no responde a agendas administrativas ni a esquemas de oficina tradicionales, manifestándose con mayor frecuencia y crudeza durante las noches, madrugadas, fines de semana y días feriados.
Que la concentración del servicio en solo tres mañanas consecutivas (un total de 12 horas semanales de atención al público) genera un vacío institucional absoluto de jueves a domingo, dejando desamparadas a las víctimas durante más del 90% del tiempo semanal restante.
Que es una preocupación crítica de este Cuerpo Deliberativo determinar qué sucede cuando una mujer o diversidad sufre una agresión física, una amenaza o se encuentra en inminente riesgo de vida un viernes a la noche o un domingo a la tarde, momentos en los que el equipo interdisciplinario especializado municipal no se encuentra prestando funciones.
Que resulta indispensable que el Estado Municipal detalle con qué herramientas de contingencia cuenta para resguardar a las víctimas en las franjas horarias descubiertas, a fin de evaluar legislativamente la reconversión de este esquema rígido hacia un sistema de guardias pasivas o rotativas 24/7.
POR TODO ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE
DECRETO
ARTÍCULO 1°.-Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área de Desarrollo Social, Género o la que corresponda, informe detalladamente a este Cuerpo en un plazo no mayor a quince (15) días los siguientes puntos respecto al funcionamiento de la Oficina de Género:
- a) ¿Cómo se resuelven institucionalmente y qué dependencia o personal absorbe los casos de urgencia por violencia de género que ocurren fuera del esquema de atención de los días lunes, martes y miércoles de 8:00 a 12:00 hs.?
- b) Ante una emergencia ocurrida entre los días jueves y domingo inclusive, ¿existe algún protocolo de comunicación interna o activación de guardia pasiva para que la abogada o las psicólogas del equipo brinden contención y asesoramiento legal inmediato?
- c) En caso de no existir guardia pasiva o rotativa para los días jueves a domingo, especifique qué personal (no especializado) o qué efectores de seguridad y salud quedan a cargo del primer abordaje y la evaluación de riesgo de la víctima en el territorio municipal.
- d) Detalle la cantidad de solicitudes de intervención o alertas derivadas por la Policía (Comisaría de la Mujer / Comisaría Local) u otras dependencias hacia el Municipio durante los días jueves, viernes, sábados y domingos del último año, indicando cómo fueron canalizadas.
ARTÍCULO 2°.-DE FORMA



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